RECOPILACIÓN LEGISLATIVA DE APLICACIÓN A TATUADORES
ÁMBITO | DECRETO |
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ANDALUCÍA |
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ANDALUCÍA |
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ARAGÓN |
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ASTURIAS |
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BALEARES |
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CANARIAS |
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CASTILLA Y LEÓN |
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CASTILLA LA MANCHA |
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CANTABRIA |
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CATALUÑA |
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EXTREMADURA |
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GALICIA |
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LA RIOJA |
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MADRID |
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MURCIA |
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NAVARRA |
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PAÍS VASCO |
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VALENCIA |
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NACIONAL |
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NACIONAL |
TRÁMITES DE DOCUMENTACIÓN Y ADMINISTRATIVOS
1 |
Se conserva 5 años la documentación de los equipos de esterilización. |
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2 |
Debe llevarse un registro de producto y lote. |
3 |
La información relativa al cliente se debe guardar mínimo tres años. |
SOBRE LAS INSTALACIONES, MATERIALES Y EQUIPAMIENTOS
4 |
Los pigmentos deben poseer un número de registro autorizado. |
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5 |
Materiales monouso y pigmentos unidosis |
6 |
Los aplicadores deben llevar vestimenta de colores claros |
7 |
La cabina debe estar alicatada |
8 |
Zona diferenciada de preparación con agua fría y caliente. |
9 |
Permite que el área de esterilización y limpieza se encuentre en el mismo área que la cabina de tratamiento |
10 |
Obligación de usar monodosis y cuando se realicen en ferias congresos o similar. |
11 |
Tapón desechable para las tintas. |
12 |
Las pinzas utilizadas deben ser estériles. |
13 |
Obligación de utilizar guantes quirúrgicos. |
TRÁMITES CON LA ADMINISTRACIÓN
14 |
La autorización la expide el Ayuntamiento |
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15 |
La inspección corre a cargo del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales. |
PROCEDIMIENTOS Y GESTIÓN
16 |
El material usado debe ser depositados en contenedor desechable y eliminarlo tras el tratamiento |
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17 |
Exige la fotocopia del DNI en el consentimiento informado. |
18 |
Durante su trabajo, deberán llevar colocada siempre y en lugar visible al público la tarjeta identificativa que acredite su identidad como aplicador de la técnica correspondiente. |
19 |
En el caso de menores de edad y discapacitados este documento deberá ser firmado en presencia del aplicador y deberá ir acompañado de una fotocopia de un documento identificativo del representante legal. |
NORMATIVAS DE APLICACIÓN A MATERIAL SANITARIO
Entidad |
Documento |
AEMPS |
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Ministerio de Sanidad y Política Social |
Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. |